LICENCIA DE ACTIVIDAD Y ADECUACIÓN DE LOCALES COMERCIALES

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¿Te preguntaste alguna vez como abrir un negocio en forma de tienda física? Es decir, te hiciste alguna vez la pregunta de cómo abrir, por ejemplo, un bar, una tienda, o  un salón de eventos.

Es muy probable que si te surgió esta duda en alguna ocasión, no hayas sabido realmente responder a la misma. Déjame indicarte cuales son los requisitos a cumplir para adecuar legalmente un local comercial.

LICENCIA DE APERTURA. REQUISITOS, O PERMISOS, PARA ABRIR UNA TIENDA:

El requisito principal es obtener la licencia de apertura o actividad. La misma deberá ser solicitada al ayuntamiento del término municipal donde radica el local en el que queremos abrir el negocio o tienda.

La licencia de actividad por tanto, se trata de una licencia de carácter municipal y obligatorio, que hemos de obtener para ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios, en un local, nave u oficina.

Con este documento, el ayuntamiento certifica  que el local cumple con las condiciones necesarias de habitabilidad y uso para realizar la actividad del negocio.

TIPOS DE LICENCIAS DE APERTURA:

Dependiendo de la actividad que vayas a desarrollar en el local, precisarás de un tipo de licencia de apertura u otra. Estas, se diferencian principalmente en la documentación e informes a presentar, así como en el tiempo de respuesta por parte del ayuntamiento para conceder la licencia de apertura y poder poner en marcha la actividad del local.

La normativa que rige las licencias de apertura separa las actividades en dos grupos: actividades inocuas o no clasificadas y actividades nocivas o clasificadas.

Según el tipo de actividad que vayamos a desarrollar,  necesitaremos un tipo de licencia de apertura u otra. Por ello, hacemos distinción a dos tipos de licencias de apertura, según los cuales variarán los documentos exigidos por parte del ayuntamiento para otorgarnos la licencia, así como los tiempos de respuesta. Nos encontramos por tanto con los siguientes tipos:

  • Actividades Inocuas o no calificadas:

Se trata de aquellas actividades que al llevarse a cabo, no producen molestias, ni alteran las condiciones normales de salubridad e higiene en el medio ambiente. Además, este tipo de actividades no ocasionan daño alguno en las riquezas, ya sean de carácter privado o público, ni entrañan riesgos graves a personas o bienes.

Por estos motivos, este tipo de actividades requieren de menos documentación, e igualmente de un menor periodo a la hora de concedernos la licencia, siendo de esta manera más rápido y sencillo

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  • Actividades nocivas o calificadas:

Son aquellas actividades que pueden llegar a constituir una incomodidad por ruidos o vibraciones, por humos, gases, olores, nieblas o polvos en suspensión. Igualmente, se incluyen dentro de estas actividades nocivas, aquellas que puedan ocasionar un desprendimiento o evacuación de productos que, de forma directa o indirecta, puedan resultar perjudiciales para la salud humana, la riqueza agrícola, forestal, pecuaria o piscícola; así como aquellas que tengan por objeto manipular, expender o almacenar productos que sean susceptibles de originar riesgos graves para las personas o los bienes.

Todas estas actividades vienen recogidas en las siguientes legislaciones:

Actividades sometidas al requisito de Evaluación de Impacto Ambiental que se hallan comprendidas en el Anexo primero de la Ley.

Actividades sometidas al trámite de Informe Ambiental, enumeradas en el Anexo segundo de la Ley. 

Actividades sometidas al trámite de Calificación Ambiental, incluidas en el Anexo tercero de la Ley. 

SIGUIENTES PASOS:

Ya tenemos definidos los dos tipos de actividades. Es importante que tengas bien claro a qué tipo va a pertenecer la actividad que vas a desarrollar en tu negocio. ¿Lo tienes claro? ¡Bien, Sigamos adelante!

Ahora nos encontramos ante las dos siguientes situaciones:

  • Uso anterior del local en el que nos instalamos:

Es importante que sepamos que uso tenía el local en el cual vamos a desarrollar nuestro negocio, inmediatamente antes de hacerlo nosotros. Por ejemplo, supongamos que vamos a abrir un bar en un local donde anteriormente existía una tienda de ropa. Es claro que el uso que vamos a darle al local va a ser distinto al que le daremos nosotros. Nos encontramos así ante un Cambio de Uso.

En este caso es necesario que, junto a la Licencia de actividad, se solicite también una Licencia de Obra Mayor. Y es en este instante cuando entra en juego el concepto al que queremos hacer referencia en este artículo, “el Proyecto de Adecuación de Local”, que analizaremos a continuación.

Bien, recapitulamos de nuevo. Al encontrarnos ante un cambio de uso de local hemos de obtener una licencia de obra mayor, y esta a su vez nos exige que presentemos un proyecto de adecuación de local el cual deberá ser realizado por un arquitecto o arquitecto técnico cualificado.

Por supuesto en caso de que uso del local fuera el mismo uso que vamos a darle nosotros, no sería necesaria obtener una licencia de obra mayor. En este caso entra en juego un nuevo concepto, que sería el de traspaso de licencia de actividad, que es básicamente que el dueño del negocio anterior establecido en el local nos traspase el mismo. Por ejemplo, queremos abrir un bar en un local donde ya existe uno. Más adelante en el artículo entraré más a fondo en este concepto para aclararlo.

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  • Necesidad, o no, de realizar reformas:

Al elegir el local donde vamos a desarrollar la actividad de nuestro negocio, tendremos que ver si el local presenta o no las características óptimas  para ejercer la misma, y que por supuesto con dichas características se cumplen los requerimientos mínimos que nos harán desde el ayuntamiento en cuestión.

En el caso que tuviéramos que realizar obras para adaptar/adecuar el local, tendremos que estudiar qué tipo de licencia de obra van a requerir dichas obras. Es decir, tendremos que saber si será necesario solicitar una licencia de obra menor o mayor.

En el caso de que necesitáramos obtener una licencia de obra mayor estaríamos la necesidad, que hemos comentado previamente, de realizar un proyecto de adecuación para el local en cuestión.  Por el contrario, si fuera una licencia de obra menor la que tenemos que obtener para las obras a realizar, no requeriríamos el citado proyecto.

Pero, como podemos distinguir si las obras van a requerir un tipo de licencia u otra.

Casos en los que necesitamos una licencia de obra mayor:

  • Construir una nueva planta.
  • Obras en los elementos comunes del edificio.
  • Ampliaciones en cuanto a altura o volumen.
  • Obras que modifican la estructura de un edificio.
  • Obras que generan cambios en el uso del inmueble (indicado anteriormente)

CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA DE ACTIVIDAD:

EN QUE CONSISTE EL CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA DE ACTIVIDAD:

Se trata de un trámite municipal administrativo, en el cual se produce un cambio en el titular de un negocio mientras que el negocio sigue siendo el mismo y por tanto se mantiene. Por ejemplo, se jubila el dueño de una guardería y este traspasa su negocio a un tercero, él cual pasará a ser el nuevo titular de la guardería que sigue siendo el mismo negocio.

REQUISITOS PARA EL TRASPASO DE NEGOCIO:

  • Que se mantenga la misma actividad en el negocio que se trate
  • Que no tengan que realizarse obras en el local
  • Que no se hayan realizado ningún cambio en las instalaciones técnicas del local, y que por ello sean las mismas que figuran en el proyecto o certificado correspondiente en la licencia vigente.
  • Que las condiciones que obtuvo el titular inicial la licencia, sigan siendo las mismas en el momento actual. Además, ocurre en muchos casos que la normativa vigente en su momento, ha sufrido modificaciones a lo largo del tiempo y por ello esto debe ser tenido en cuenta.

CUANDO Y COMO SOLICITAR EL CAMBIO:

Al menos un mes antes del comienzo de actividad del negocio en sí. En cuanto a la forma de tramitarlo, generalmente se ha podido hacer tanto de forma presencial como telemática. Debido a las medidas del covid, actualmente puede realizarse únicamente de forma digital.

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QUE ES UN PROYECTO DE ADECUACIÓN DE LOCAL:

Se trata de un documento técnico, redactado normalmente por un arquitecto o arquitecto técnico, cuyo objeto es adaptar un edificio o una parte del mismo (un local comercial por ejemplo) para que cumpla con los requerimientos técnicos recogidos en la normativa municipal urbanística correspondiente.

APERTURA DE NEGOCIO EN CADIZ:

En caso de que quisieras abrir tu negocio en un local de Cádiz capital, te dejamos los enlaces propios del Ayuntamiento de Cádiz para que puedas realizar la gestión:

https://portaldelcontribuyente.cadiz.es/portalCiudadano/portal/noEstatica.do?opc_id=89&ent_id=1&idioma=1

En dicho enlace, podrás generar la tasa a pagar para conseguir la licencia de apertura de establecimiento. Una vez que la tengas, podrás realizar telemáticamente el pago de la misma.

Una vez generada, deberás solicitar la licencia a través de la web del registro general estatal, y desde ahí adjuntar la solicitud y toda la documentación pertinente al caso.

Como hemos explicado a lo largo de este artículo, es importante que tengas claros todas las consideraciones que van a afectar a dicha gestión. Realizar mal este trámite significará que empieces con mal pie tu negocio.

Nuestra empresa, Orba Arquitectura y Rehabilitaciones, tiene una amplia experiencia en la gestión de aperturas de negocios tanto en la ciudad de Cádiz como en los municipios de la Bahía, así como en Jerez de la Frontera. Te ayudamos, no solo en el asesoramiento, si no en la realización de todo el trámite y si fuera necesario la realización del Proyecto de Adecuación del Local.

¡Empieza con buen pie tu negocio, no dudes en llamarnos!


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